Si eres autónomo y vendes por internet, tu tienda es un sistema de facturación y le aplica la misma norma que a una empresa grande. La buena noticia: tienes hasta el 1 de julio de 2027 y, si tu tienda es WooCommerce, se resuelve sin cambiar nada de lo que ya funciona.
Nada de tu día a día, salvo una cosa: la factura que emite tu tienda tiene que salir de un programa que cumpla el reglamento. Eso significa, en la práctica:
Lo que no cambia: tus clientes, tus productos, tu forma de cobrar ni tu asesor. Cambia el programa que hay detrás de la factura, no el negocio.
| Quién | Fecha |
|---|---|
| Sociedades (Impuesto sobre Sociedades) | 1 de enero de 2027 |
| Autónomos y resto de obligados | 1 de julio de 2027 |
Son las fechas del Real Decreto-ley 15/2025, que aplazó la entrada en vigor. Ocho meses dan para hacerlo bien; la última semana de junio, no.
Consejo poco comercial: empieza por el entorno de pruebas de la AEAT aunque no vayas a remitir todavía. Ver una remisión funcionar con tus facturas quita el miedo y descubre el problema pequeño antes de que sea grande.
En una tienda online conviven las dos. La simplificada (la del ticket) vale hasta ciertos importes y no lleva los datos del cliente; la completa los lleva. El plugin toma los datos que el pedido tenga: si el cliente pidió factura con NIF, salen; si no, sale la simplificada. Lo que la norma no permite es que la misma operación esté en dos sitios a la vez o que falte el registro.
Si vendes a empresas y te piden factura con sus datos, lo normal es instalar además el plugin gratuito de datos fiscales en el checkout: Faro Factu – Datos fiscales.
| Pieza | Detalle | ¿Imprescindible? |
|---|---|---|
| WordPress y WooCommerce | WordPress 6.2 o superior, PHP 7.4 o superior | Sí |
| Tu NIF y nombre fiscal | Como figuran en el censo, no el nombre de la tienda | Sí |
| Certificado electrónico | .p12 o .pfx y su contraseña, a nombre del titular | Solo para remitir |
| Decidir modo y entorno | Veri*factu o no; pruebas o producción | Sí |
Se tarda menos en instalarlo que en leer esta página: están los cinco pasos en la guía.
Sí. El reglamento habla de sistemas informáticos de facturación, no de tamaño. Para los autónomos la fecha es el 1 de julio de 2027.
Depende de la herramienta. Hay programas con cuota mensual y hay plugins como este, gratis para una tienda y un NIF, sin límite de facturas. Lo que no es opcional es tenerlo.
Para remitir, sí: a nombre del titular del NIF (FNMT, DNIe, idCAT o el de la empresa). Para emitir y encadenar sin remitir no hace falta.
El reglamento no fija umbrales por volumen: obliga igual. La diferencia es que a ti te cuesta media hora dejarlo hecho.
Sigue leyendo: Veri*factu en WooCommerce · Cómo elegir plugin
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